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¿Sabías que puedes pagar menos impuestos si reinviertes en vivienda? Así funciona la exención por ganancia ocasional.

Publicado por ssgrupopublicitario@gmail.com en mayo 27, 2014
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Si vendes tu casa o apartamento y decides reinvertir ese dinero en otra vivienda dentro de los dos años siguientes, podrías estar exento del impuesto por ganancia ocasional.

¿Cómo funciona?

  • Está contemplado en el Artículo 311-1 del Estatuto Tributario Colombiano.
  • Aplica si la venta corresponde a vivienda habitual.
  • El nuevo inmueble debe ser adquirido dentro de los dos años siguientes.
  • Se debe informar en la declaración de renta correspondiente.

Beneficio: Si aplicas a esta exención, te puedes ahorrar el 10% de retención por ganancia ocasional.

Importante: Este beneficio no aplica si se invierte en un inmueble diferente a vivienda o si se trata de una propiedad comercial.

Conclusión: Vender con estrategia e información tributaria puede ahorrarte millones. Siempre consulta con un asesor legal y tributario antes de tomar una decisión definitiva.

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